Por María Eugenia Hofer, miembro de Humanizar.
Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela) fueron adoptadas de forma unánime en diciembre de 2015 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y establecen las reglas mínimas para una buena gestión carcelaria y el respeto de los derechos de los reclusos. Esta nueva versión se aprueba trascurridos 60 años desde su adopción en 1955.
Los estados miembros de las Naciones Unidas reconocieron que las Reglas Mínimas estaban desactualizadas y no reflejaban importantes desarrollos en el área de derechos humanos y justicia penal desde su adopción 60 años atrás.
En este nuevo contexto, uno de los valores centrales de las nuevas normas es humanizar la administración de la justicia penal en cuanto a las personas que son recluidas en cárceles. De este modo se releva la importancia de los derechos de las personas recluidas en las prisiones.
En cuanto a su aplicación de las Reglas Nelson Mandela, un total de 122 cubren todos los aspectos de la gestión carcelaria desde el ingreso hasta el momento de recuperar la libertad, ellas establecen estándares mínimos para el tratamiento de los reclusos – ya sea en prisión preventiva o condenados.
Principios Básicos:
– Los reclusos deben ser tratados con respeto por su dignidad y valor inherentes como seres humanos.
– Se prohíbe la tortura y otros malos tratos.
– Los reclusos deben ser tratados de acuerdo con sus necesidades, sin discriminación.
– El fin de la prisión es proteger a la sociedad y disminuir la reincidencia.
– La seguridad de los reclusos, personal, proveedores de servicios y visitantes es primordial en todo momento.
El cumplimiento de los estándares mínimos para el tratamiento de los reclusos ya sea en prisión preventiva o condenados, podría ser considerado un indicador comparativo del nivel de desarrollo y humanidad entre países .
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