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Intervención con niños menores de 14 años que cometen hechos de características delictivas

Sergio_Henriquez

Revisa este trabajo, de nuestro asociado Sergio Henríquez, que se pregunta por la justificación de la intervención del Estado en esta materia, con niños y niñas menores de 14 años, es decir, no cubiertos por la ley 20.084 de responsabilidad penal de adolescentes. ¿Será suficiente la regulación de la Ley 19.968 de Tribunales de Familia?

«El presente artículo explora los problemas normativos que presenta el abordaje de la intervención del Estado con niños y niñas que cometen hechos que revisten caracteres de delito, bajo los catorce años de edad, es decir, fuera del marco que regula la Ley de Responsabilidad Penal de los Adolescentes. Igualmente, se abor- dan los problemas de culpabilidad y peligrosidad bajo esta edad, y la justificación de la intervención estatal en niños y niñas menores de catorce años, en casos de hechos graves».

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Psicólogo de la Universidad de Buenos Aires y también de la Universidad de Chile. Magíster en Justicia Restaurativa de la Universidad Central de Chile y diplomado en Gestión del Conflicto y Mediación de la Universidad Central de Chile. 

Actualmente es académico de la Universidad de Chile y la Universidad de Humanismo Cristiano, sobre temas como abuso sexual, derechos del niño y justicia juvenil. Además es coordinador nacional de Proyectos Justicia Penal Adolescente e investigador en la Corporación Opción. Anteriormente fue consultor y asesor para diversas instituciones públicas en Chile, Perú, Colombia, Honduras, Costa Rica y la Organización de Estados Americanos. 

Es miembro del Observatorio Internacional de Justicia Juvenil y del Consejo Latinoamericano de Justicia Juvenil. Es autor de numerosas publicaciones académicas y libros sobre adolescencia y derecho penal.